Convenio Europeo para la Proteccion de los derechos humanos

Convenio Europeo para la Protección de los derechos humanos

El Convenio Europeo de Derechos Humanos contiene una serie de derechos y libertades fundamentales (derecho a la vida, prohibición de la tortura, prohibición de la esclavitud y el trabajo forzado, derecho a la libertad y a la seguridad, derecho al debido proceso, principio de la ley, derecho al respeto de la libertad privada y la vida familiar, de pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de expresión, la libertad de reunión y de asociación, derecho al matrimonio, el derecho a un recurso efectivo, prohibición de la discriminación).
Los derechos adicionales son proporcionados por los Protocolos adicionales a la Convención. Las Partes Contratantes se comprometen a reconocer estos derechos a todas las personas bajo su jurisdicción.

La Convención establece un mecanismo internacional de control. Para garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada Parte Contratante, se estableció en Estrasburgo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
El Tribunal se pronunciará sobre las denuncias de particulares o de los estados.

Las partes en un caso, debe cumplir con las sentencias de la Corte y adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con ellas. El Comité de Ministros velarán por que se hagan juicios. El Secretario General podrá solicitar a las partes a dar explicaciones sobre la forma en que su derecho interno asegura la aplicación de la Convención.